IMPORTANTE: Los cambios son solamente fiscales, el estándar de la addenda que recibimos (AMC7.1) se mantiene como hasta ahora. De la misma manera el Uso del CFDI, el método de pago y la forma de pago tampoco sufren cambios. Para ello le presentamos esta tabla:

Valores admitidos por tipo de comprobante:


Forma de Pago
Factura Nota de Crédito
Código Descripción Con o Sin Addenda Con o Sin Addenda
99 Por definir Si Si
15 Condonación No Si
17 Compensación No Si
27 A satisfacción del acreedor No Si

Método de Pago
Factura Nota de Crédito
Código Descripción Con o Sin Addenda Con o Sin Addenda
PUE Pago en una sola exhibición No Si
PPD Pago en parcialidades o diferido Si Si

Tipo de Relación
Factura Nota de Crédito
Código Descripción Con o Sin Addenda Con o Sin Addenda
1 Nota de crédito de los documentos relacionados No Si
2 Nota de débito de los documentos relacionados Si No
3 Devolución de mercancia sobre facturas o traslados previos No Si
4 Sustitución de los CFDIs previos No Si

Usos de CFDI
Factura Nota de Crédito
Código Descripción Con o Sin Addenda Con o Sin Addenda
G01 Adquisición de mercancías Si No
G02 Devoluciones, descuentos o bonificaciones No Si

IMPORTANTE: LAS NOTAS DE DÉBITO SON EQUIVALENTES A LAS FACTURAS POR SER COMPROBANTES DE INGRESO

IMPORTANTE: Solicitamos a los proveedores que tengan planeado cambiar al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que antes de hacerlo se comuniquen con Salvador Sánchez Jiménez (ssanchez@chedraui.com.mx) y/o Paulo Raúl Murillo Torres (pmtorres@chedraui.com.mx), y si ya lo hicieron, igualmente agradeceremos que nos lo hagan saber por la misma vía.